Microcrédito
Crédito concedido a usuarios del sistema microfinanciero destinado a financiar actividades de producción, comercialización o servicios, cuya fuente principal de pago lo constituya el producto de los ingresos generados por dichas actividades.
Características
- Plazo de financiamiento según evaluación de crédito
- El monto del financiamiento se estimará según la capacidad de pago que tenga el solicitante
- Forma de pago: Cuotas contentivas de capital e interés expresadas en Unidad de Valor de Crédito (UVC) resultante de dividir el monto en bolívares a ser liquidado del crédito otorgado entre el Índice de Inversión (IDI) vigente para dicha fecha. A los efectos de la valoración contable y de la amortización o cancelación anticipada del crédito, el saldo del préstamo a una fecha específica será el resultado de multiplicar la posición deudora en UVC por el valor del IDI a dicha fecha. Si por alguna razón el IDI de la fecha de amortización o cancelación anticipada resultase inferior al IDI de la fecha de otorgamiento, se empleará el IDI vigente para la fecha de otorgamiento del crédito
- Tasa de interés y comisiones: según la tasa activa del mercado de acuerdo a lo establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV)
- Garantías: fianza persona jurídica, natural, hipoteca inmobiliaria, hipoteca mobiliaria, título de valores, bienes muebles, animales u otra si se requiere a satisfacción de la institución
Requisitos
- Poseer una cuenta corriente en el BDV
Recaudos
- Conoce los recaudos de Microcrédito persona jurídica y firma personal
¿Cómo solicitarlo?
A través de un ejecutivo de negocio en nuestra red de oficinas
Disposiciones Legales
- Resolución N° 010.02 de fecha 24/01/2022 emitida por la SUDEBAN sobre “Normas relativas a la clasificación de riesgo en la cartera de microcrédito y cálculo de sus provisiones”.
- Resolución N° 021.18 de fecha 05/04/2018 emitida por la SUDEBAN sobre “Normas relativas a las características y clasificación de riesgo del sistema microfinanciero y de las pequeñas y medianas empresas”.
- Comunicado Nº SIB-IP-GIBPB2-09482 de fecha 24-11-2021 emitido por la SUDEBAN relativo a “Solicitud de disminución de recaudos”.
- Gaceta Oficial N° 42.341 de fecha 21 de marzo de 2022: Resolución N° 22-03-01 del BCV