VENTA DE DÓLARES A VIAJEROS

A partir del 12 de enero del año 2005, se autorizó la venta de cuatrocientos dólares(US $400,00) para personas que viajen al exterior.


De acuerdo con la Gaceta Oficial Nº 38.105, publicada el 12 de enero de 2005, entró en vigencia la providencia Nº 65, la cual autoriza la venta de cuatrocientos dólares (US $ 400,00) a clientes que tengan habilitada su tarjeta de crédito para su uso en el exterior.

¿ Cuales son los pasos para solicitar la autorización de venta de dólares en efectivo?

1. Contar con con la autorización del uso de su tarjeta de crédito en el exterior.

2. Generar a través de la página Web de la Comisión de Administración de Divisas (www.cadivi.gov.ve), la planilla de registro denominada "Solicitud de autorización de adquisición de divisas en efectivo para viajes en el exterior" (RUSAD).

3. Con un plazo mínimo de cinco (5) días y máximo de veinte (20) días hábiles bancarios de anticipación a la fecha del viaje, presentar en la oficina bancaria la planilla de la solicitud correspondiente y los siguientes recaudos:

- Original y dos copias de la planilla de registro debidamente llenada, obtenida electrónicamente a través de la página web de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).

- Original y dos copias de la cédula de identidad

- Original y dos copias del pasaporte.

- Original y dos copias del pasaje aéreo, marítimo o terrestre, tanto de ida como de regreso, cuyo titular sea el tarjetahabiente. En los casos que el cliente se traslade a través de un medio de transporte de su propiedad o no fuere procedente la presentación del pasaje, el cliente debe consignar una declaración jurada que justifique la circunstancia.

4. El cupo máximo autorizado para la venta de dólares a viajeros será de US $ 400,00. Este monto autorizado es adicional al monto autorizado para consumos en el exterior.

5. Una vez que la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) apruebe la solicitud, se hará la entrega del monto solicitado a través de la agencia bancaria donde se entregaron los recaudos.

6. La entrega se realizará una sola vez al año. En tal sentido, no se podrán realizar entregas parciales del monto autorizado, si el cliente solicita un monto menor a los 400,00 $ no podrá solicitar el diferencial posteriormente.

7. La venta de dólares se podrá realizar en efectivo o con cheques de viajeros.


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